Quiebra Capítulo 7

Bajo el Capítulo 7 se descargan o perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos cuatro años. La descarga de las deudas no aseguradas que complicaban su presupuesto le permitirá contar con ingreso disponible para mejorar su calidad de vida.


El deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas.

jueves, 30 de mayo de 2013

NotiCel™

Un análisis del banco de corretaje UBS anticipa que el tipo de medidas de recaudo que ha sometido la Administración García Padilla y la ineficiente discusión legislativa de las mismas, hace casi seguro que este mismo año ocurra una degradación del crédito de Puerto Rico al nivel de "chatarra".

El informe apunta que el gobierno de Puerto Rico parece anticipar lo mismo ya que ha tomado la medida sin precedente de contratar a la empresa de relaciones públicas Joele Frank, Wilkinson Brimmer Katcher (JFWBK), la cual ofrece especialidad en manejo de crisis, quiebras, y relación con inversionistas, para posicionarse como intermediaria entre el Banco Gubernamental de Fomento (BGF) y la comunidad financiera.

http://www.noticel.com/noticia/142584


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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