Quiebra Capítulo 7

Bajo el Capítulo 7 se descargan o perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos cuatro años. La descarga de las deudas no aseguradas que complicaban su presupuesto le permitirá contar con ingreso disponible para mejorar su calidad de vida.


El deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas.

viernes, 18 de marzo de 2016

#18 Los derechos del cliente antes de radicar una quiebra. Lcdo. Roland...


#18 Los derechos que tiene un cliente antes de radicar una quiebra. Por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez

Los abogados son los únicos que pueden atender clientes y aconsejarles sobre si cualifican para radicar un caso de quiebra. No es posible que un secretario o una paralegal sustituya la función de un abogado o abogada en este proceso de orientación que es exclusivamente profesional.

Por otro lado, la ley de quiebras exige que el abogado o abogada se reúna, cara a cara, con su cliente, antes de radicar el caso, para discutir detalladamente su situación financiera y el contenido de la petición de quiebras y todos sus anejos. 

Debe notarse que la petición de quiebras se suscribe bajo juramento, por lo que debe estar bien seguro de su certeza y de que esté completa.

Desafortunadamente, en algunos bufetes de quiebras no se cumple con estos requisitos y el abogado no ve al cliente hasta la reunión de acreedores y trata de orientar el cliente luego de la radicación del caso, a pocos minutos antes de la reunión de acreedores. Esto no se debe permitir. 

Usted, como cliente de un abogado de quiebras, tiene derecho a recibir una orientación inicial por un abogado o abogada para que se le oriente sobre si cualifica para la quiebra, y; a una reunión antes de radicar su caso, para que esté bien seguro de su deseo de radicar y del contenido específico de los documentos.

Si consulta a un bufete de quiebras, exija que lo oriente un abogado o abogada sobre si cualifica para una quiebra, y que antes de radicar su caso, tenga la oportunidad de discutir sus documentos con el abogado para que esté seguro del trámite a seguir.


Para conocer más sobre el proceso de radicar una quiebra, consulte un abogado, y recuerde que la quiebra podría ser su solución.

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Orientación Jurídica del Bufete Emmanuelli, C.S.P.

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