Quiebra Capítulo 7

Bajo el Capítulo 7 se descargan o perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos cuatro años. La descarga de las deudas no aseguradas que complicaban su presupuesto le permitirá contar con ingreso disponible para mejorar su calidad de vida.


El deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas.

viernes, 18 de marzo de 2016

#17 La clasificación de las deudas. Por la Lcda. Jessica Méndez Colberg



#17 La clasificación de las deudas. 
Por la Lcda. Jessica Méndez Colberg

En un caso de quiebras, el pago de las deudas va a depender de la clasificación que tengan. Así las deudas se clasifican principalmente en “aseguradas” y “no aseguradas”. 

Las aseguradas son aquellas que tienen garantía, por lo que, en una quiebra, si usted quiere mantener la posesión del bien, tiene que continuar pagando dicha deuda en su totalidad. Los ejemplos más comunes de este tipo de deuda son las hipotecas y los préstamos de auto. Los préstamos con el Sistema de Retiro también son asegurados, por lo que, aunque usted radique una quiebra, el pago mensual de dicho préstamo se lo siguen retirando de su cheque. 

Por el contrario, las deudas no aseguradas son aquellas que no tienen ningún tipo de garantía, por lo que, si usted radica una quiebra, no hay una obligación de pagar esa deuda en su totalidad. Dependiendo del caso de quiebra, sus ingresos y otros factores a considerar, este tipo de deuda puede ser que no se pague nada, se pague solo un por ciento o que se tenga que pagar en su totalidad. Los ejemplos más comunes de este tipo de deuda son las tarjetas de crédito, préstamos personales, cobros de deficiencias de autos, entre otras. 

Existe otra clasificación que son las deudas prioritarias. Estas no tienen garantía, pero por disposición de ley, el pago tiene prioridad sobre el de otras deudas. Ejemplo de estas deudas  son las  de contribuciones con Hacienda o con el IRS y atrasos de pensiones alimentarias. 

Para conocer más sobre el proceso de radicación de una quiebra, consulte un abogado y recuerde que la quiebra podría ser su solución. 

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Orientación Jurídica del Bufete Emmanuelli, C.S.P.

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