Quiebra Capítulo 7

Bajo el Capítulo 7 se descargan o perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos cuatro años. La descarga de las deudas no aseguradas que complicaban su presupuesto le permitirá contar con ingreso disponible para mejorar su calidad de vida.


El deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas.

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viernes, 17 de abril de 2015

La liquidación de las deudas bajo el Capítulo 7 de la Ley de Quiebras

Radicar una quiebra es un derecho respaldado por la Constitución de los Estados Unidos de América y disponible a todas las personas que lo necesiten. Todas sus disposiciones se encuentran en el Título 11 del Código de los Estados Unidos.

Bajo el Capítulo 7 se le perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos tres años.

En un caso de liquidación bajo el Capítulo 7, el deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas aseguradas.

Debe traer a la cita lo siguiente:

•Tarjeta del Seguro Social.

•Talonarios de pago de salario del último mes, con sus deducciones, tanto de usted, como de su cónyuge.

•Lista de sus deudas con nombre del acreedor, número de cuenta, dirección postal y balance de la deuda. Para deudas de carro o de hipoteca, debe saber cuánto son los atrasos.

•Valor en el mercado actual de su casa y el balance hipotecario, si tiene deuda. (Si tiene tasación o una opinión de valor con foto, mejor.)

•Si ha sido demandado o tiene algún caso pendiente en tribunales, debe traernos la demanda u orden de embargo o ejecución.

•Valor de su participación en negocios o herencias pendientes.

•Si tiene un negocio personal, los ingresos y gastos del negocio.

Lista de gastos ordinarios del hogar, incluyendo:

• Luz

• Agua

• Teléfono

• Cable TV o Satélite

• Cuenta de internet

• Teléfonos celulares

• Comida (lo que usted gasta en compra de comida en el supermercado más gastos adicionales diarios, ej., si come en un restaurante u ordena comida)

• Ropa

• Lavado de ropa ("laundry")

• Plan médico no descontado del salario

• Medicinas y gastos médicos

• Diversión (ej., ir al cine, comprar un álbum de música, alquilar una película)

• Libros, periódicos y revistas

• Seguros no médicos

• Gasolina, gomas y aceite para su auto

• Pago de colegios. Debe tener evidencia.

• Gastos universitarios

• Ayudas a familiares

• Cualquier otro gasto que tenga

•Puede ser que se requiera presentar evidencia de algunos de estos gastos.

Si necesita más información, puede llamar al 787-843-8406 para coordinar una cita y recibir la orientación confidencial y libre de costo.

Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Calle San Francisco 2803
Urb. Constancia
Ponce, Puerto Rico 00717

 

jueves, 9 de abril de 2015

Las Alternativas de los Empleados ante la Reducción de Jornada Laboral

Por Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.

La orden del día en el sector privado y el público es la reducción de la jornada laboral. La reducción de la jornada laboral ocurre cuando el patrono tiene que reducir costos y no le queda otro remedio que afectar los gastos de nómina de sus empleados. La reducción de jornada laboral puede ocurrir mediante la disminución de horas diarias o por la eliminación de días de trabajo, ya sean semanales o mensuales. La reducción de jornada laboral afecta dramáticamente el presupuesto personal y familiar, y en muchos casos obliga a tomar medidas urgentes para no perder la casa y los autos.

Cada familia tiene un presupuesto con el cual satisface sus necesidades y mantienen su calidad de vida. En el caso de las familias que cuentan con una residencia por la cual pagan una hipoteca y uno o varios vehículos que todavía se deben el banco, la situación puede ser muy complicada. El no tener suficiente dinero para satisfacer estos pagos puede ocasionar que los acreedores inicien las gestiones para ejecutar la hipoteca o para reposeer el vehículo. En estos días, la residencia y el uso del vehículo son requisitos para poder mantener una calidad de vida mínima y ganarse el sustento. En ese sentido, son necesidades básicas en nuestra sociedad.

Por otro lado, muchas familias tienen tarjetas de crédito y otros préstamos personales. Si las familias tienen una reducción de jornada laboral que les impide pagar la totalidad de sus deudas mensuales, tienen que hacer ajustes dramáticos. Lamentablemente, en muchas ocasiones, deciden reducir sus gastos esenciales tales como la comida y medicinas. No hay duda de que no cubrir estos gastos, afecta dramáticamente la calidad de vida de las personas y las familias.

El no hacer los gastos necesarios de comida y medicina para pagar otras deudas, ocurre porque las familias han sido socializadas bajo la premisa de la importancia de mantener el crédito y están dispuestas a hacer sacrificios innecesarios por mantener los pagos al día. Sin embargo, llega el momento en que esta situación es insostenible, y las personas empiezan a atrasarse en todos los pagos por falta de ingresos.

La Ley de Quiebras ofrece diferentes alternativas para que se puedan eliminar o ajustar deudas de manera que sobre dinero para pagar los gastos básicos y esenciales y sostener a la familia dentro de una calidad de vida razonable. Además, se pueden eliminar o reducir sustancialmente los pagos a los préstamos personales y las tarjetas de crédito, por lo que las familias pueden utilizar este dinero para poner al día la hipoteca y los atrasos en los pagos de los carros. De esta manera, se balancea el presupuesto familiar y se puede mantener una calidad de vida razonable.

El problema es que ante una reducción de jornada laboral, muchas veces las personas creen que esta medida será temporera y esperan mucho tiempo para tomar determinaciones fundamentales sobre radicar una quiebra. En algunas ocasiones la tardanza en tomar la decisión les impide tener disponible el dinero para pagar los cargos que cobra la Corte de Quiebras por radicar una petición de quiebra. Esto atrasa más el proceso y los pone en una situación mucho más precaria, porque aumenta la cantidad de atrasos de la hipoteca y de los pagos de los autos, lo que puede hacer sea imposible el ponerse al día, aún con la quiebra.

Si usted sabe que ocurrirá una reducción en la jornada laboral, usted debe hacer una consulta inmediata con una agencia de alivio de deudas que le ayude a radicar su quiebra bajo la Ley de Quiebras Federal. Esta consulta es confidencial y libre de costo, y le ayudará a organizar su presupuesto, para que usted pueda lidiar con la situación.

Posponer la decisión de radicar una quiebra cuando usted ha sido afectado por una reducción de jornada laboral puede ser muy dañino, porque puede ocasionar que haga imposible que usted pueda salvar su casa y su auto.

El autor es el presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. y dirige su división Amado Pereira de Quiebras de Consumidores. El Bufete Emmanuelli es una agencia de alivio de deudas. Puede comunicarse al 787-843-8406 o visitar en la Internet www.bufete-emmanuelli.com

 

viernes, 3 de abril de 2015

El Ajuste de las Deudas Bajo el Capítulo 13 de la Ley de Quiebras

El Ajuste de las Deudas Bajo el Capítulo 13 de la Ley de Quiebras

Radicar una quiebra es un derecho respaldado por la Constitución de los Estados Unidos de América y disponible a todas las personas que lo necesiten. Todas sus disposiciones se encuentran en el Título 11 del Código de los Estados Unidos.

Bajo el Capítulo 13, usted tiene la oportunidad de hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos que, entre otras cosas, le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, atrasos en hipotecas y proteger el auto, equipo, entre otros, que haya comprado bajo un contrato de venta condicional.

Debe traer a la cita con la abogada o abogado lo siguiente:

•Tarjeta del Seguro Social.

•Talonarios de pago de salario del último mes, con sus deducciones, tanto de usted, como de su cónyuge.

•Lista de sus deudas con nombre del acreedor, número de cuenta, dirección postal y balance de la deuda. Para deudas de carro o de hipoteca, debe saber cuánto son los atrasos.

•Valor en el mercado actual de su casa y el balance hipotecario, si tiene deuda. (Si tiene tasación o una opinión de valor con foto, mejor.)

•Si ha sido demandado o tiene algún caso pendiente en tribunales, debe traernos la demanda u orden de embargo o ejecución.

•Valor de su participación en negocios o herencias pendientes.

•Si tiene un negocio personal, los ingresos y gastos del negocio.

Lista de gastos ordinarios del hogar, incluyendo:

• Luz

• Agua

• Teléfono

• Cable TV o Satélite

• Cuenta de internet

• Teléfonos celulares

• Comida (lo que usted gasta en compra de comida en el supermercado más gastos adicionales diarios, ej., si come en un restaurante u ordena comida)

• Ropa

• Lavado de ropa ("laundry")

• Plan médico no descontado del salario

• Medicinas y gastos médicos

• Diversión (ej., ir al cine, comprar un álbum de música, alquilar una película)

• Libros, periódicos y revistas

• Seguros no médicos

• Gasolina, gomas y aceite para su auto

• Pago de colegios. Debe tener evidencia.

• Gastos universitarios

• Ayudas a familiares

• Cualquier otro gasto que tenga

•Puede ser que se requiera presentar evidencia de algunos de estos gastos.

Si necesita más información, puede llamar al 787-843-8406 para coordinar una cita y recibir la orientación confidencial y libre de costo.

Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Calle San Francisco 2803
Urb. Constancia
Ponce, Puerto Rico 00717
 

Orientación Jurídica del Bufete Emmanuelli, C.S.P.

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