Quiebra Capítulo 7

Bajo el Capítulo 7 se descargan o perdonan sus deudas no aseguradas, como lo son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito, entre otros. No son descargables las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos cuatro años. La descarga de las deudas no aseguradas que complicaban su presupuesto le permitirá contar con ingreso disponible para mejorar su calidad de vida.


El deudor radicará la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal para proteger sus bienes indispensables. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas.

lunes, 7 de marzo de 2011

Debido Proceso de Ley 5 de marzo de 2011. Capítulo 13 de la Ley de Quiebras

http://www.debidoproceso.com/Debido_Proceso_de_Ley/Podcast/Entradas/2011/3/5_Debido_Proceso_de_Ley_5_de_marzo_de_2011.html
Tema:

Conversando con el Lcdo.
Andrew Jiménez sobre:

La Crisis Económica y las Relaciones entre los Deudores y los Acreedores

La prensa global tiende a ver la crisis económica como una situación pertinente a los gobiernos y las grandes corporaciones. No obstante, los efectos más devastadores ocurren a nivel de los individuos y sus familias.

Los gobiernos de los países capitalistas han asignado millones de millones de dólares para atender el problema de las grandes corporaciones y las entidades financieras. Sin embargo, los ciudadanos tienen pocos recursos para lidiar con estos problemas. Uno de estos recursos es la Ley de Quiebras Federal.

En este programa se discuten las  condiciones que propiciaron la crisis económica a nivel global e individual y las alternativas que existen cuando una persona no puede hacer frente a sus deudas.

Se discute el particular el Capítulo 13 de la Ley de Quiebras que permite la reorganización de las finanzas de los individuos y matrimonios.

Anfitrión:

Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez

Enviado desde mi iPad 3G

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Orientación Jurídica del Bufete Emmanuelli, C.S.P.

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